Diagnóstico Tutelado y Apoyo a la Incorporación del Diseño en La Rioja
Publicadas la Orden y la Convocatoria del Programa Diagnóstico Tutelado y Apoyo a la Incorporación del Diseño (B.O.R. Sábado 7 de Junio de 2008).
RESUMEN PROGRAMA DE DIAGNÓSTICO TUTELADO Y APOYO A LA INCORPORACIÓN DEL DISEÑO
Orden 14/2008, de 3 de junio 2008, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al programa de diagnóstico tutelado y apoyo a la incorporación del diseño, en régimen de concurrencia competitiva.
Resolución de 6 de junio de 2008, del Presidente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2008 de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al programa de diagnóstico tutelado y apoyo a la incorporación del diseño, en régimen de concurrencia competitiva.
BENEFICIARIOS
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en las presentes Bases Reguladoras las pequeñas y medianas empresas situadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, a excepción de Comercio Mirorista, C.N.A.E. 52 (subvencionable a través de la línea COM).
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
a) Diagnósticos iniciales de diseño. El solicitante puede autorizar en el impreso de solicitud la realización de un diagnóstico gratuito en diseño, que será realizado por técnicos de la ADER.
b) Programas:
b1) Programa Diseño Gráfico:
1.1. Contratación de asesoramiento externo para la realización de imagen y manual corporativo, incluido restyling.
1.2. Registro de marca y logotipo. Se subvencionarán los gastos de marcas nacionales emitidas por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), correspondientes a la solicitud de registro. Hasta un máximo de cuatro categorías NIZA. No se considerarán subvencionables los gastos de renovación de marcas o los ocasionados por procesos judiciales para defender una marca.
1.3. Contratación de asesoramiento externo para la realización de catálogo, incluidas las fotografías.
1.4. Contratación de asesoramiento externo para la realización de diseño de elementos publicitarios.
1.5. Contratación de asesoramiento externo para la realización de diseño de envase y embalaje - packaging -, incluidos elementos gráficos.
1.6. Contratación de asesoramiento externo para la realización de elementos de promoción en punto de venta - tipo display -.
b2) Programa Diseño de Interiores: Contratación de asesoramiento externo para la realización de Stand y Showroom propios.
No serán subvencionables :
Las actuaciones destinadas a actividades relacionadas con la exportación (subvencionable a través de la línea PYM).
Los gastos rutinarios prestados a las Pymes o relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa.
La impresión y reimpresión de material ya existente.
La autofacturación por estos conceptos.
Regalos de empresa.
Descuentos realizados por cualquier motivo.
Reuniones, seminarios, viajes-obsequio y similares de representantes o comerciales de la empresa.
BENEFICIOS
Contratación de asesoramiento externo para la realización de diagnósticos iniciales de diseño, gratuito.
Con carácter general, para los diferentes programas la intensidad bruta de la ayuda no excederá del 45% del siguiente modo:
20% si se cumplen los requisitos que marcan la presente Orden.
El 20% se podrá completar hasta el 45% en función de los criterios marcados en el Artículo 6 de la Orden
OTRAS CONDICIONES
Inversión mínima: 3.000 euros.
La solicitud podrá presentarse telemáticamente.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000€ en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000€ en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten.
Los JUSTIFICANTES DE PAGO DE LA TOTALIDAD DE LA INVERSIÓN deberán ser anteriores a la finalización del plazo de justificación determinado en la correspondiente resolución de concesión.
Se admitirán como medios efectivos de pago los señalados en la práctica comercial y admitidos por el Banco de España.
La totalidad de los pagos se justificarán a través de entidades financieras y los justificantes de pago de la totalidad de la inversión deberán ser anteriores a la finalización del plazo de justificación determinado en la correspondiente resolución de concesión.
En el caso de pagos diferidos que venzan con posterioridad a esa fecha, sólo se admitirán como subvencionables, aquellos realizados con los siguientes medios (siempre y cuando los documentos que a continuación se relacionan se formalicen dentro del periodo anteriormente mencionado):
a) Cheque personal justificando su descuento en extracto bancario.
b) Cheque bancario. (Deberá adjuntarse acuse de recibo del mismo por parte del proveedor admitiéndolo como forma de pago).
c) Pagaré. (Deberá adjuntarse acuse de recibo del mismo por parte del proveedor admitiéndolo como forma de pago).
d) Letra de cambio aceptada.
e) Leasing Contrato de arrendamiento financiero.
f) Carta de crédito irrevocable confirmado o crédito documentario irrevocable.
g) Subrogación de préstamos en el caso de adquisición de bienes inmuebles.
PLAZO
Podrán subvencionarse actuaciones o inversiones realizadas a partir del día 1 de enero de 2008.
Plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre de 2008.
LEGISLACIÓN APLICABLE
Orden nº 14/2008, de 3 de junio de 2008, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al programa de diagnóstico tutelado y apoyo a la incorporación del diseño, en régimen de concurrencia competitiva (B.O.R. nº).
Resolución de convocatoria de subvenciones relativas a las órdenes 7,8,9,10,11,12,13,14,15,16/2008 (B.O.R. nº).
Fechas: 11.06.08 a 11.06.09
Lugar:
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